Casas o chalets, Venta

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€ 69.000
Referencia: 2518

Características

  • Vistas destacadas: no
  • Vistas al mar: no
  • Aire acondicionado: no
  • Gastos comunidad: 0 €/Mes
  • Estado: Disponible
  • Certificado energético: EXENTO
  • Consumo energético:

Detalles

Lista para empezar a reformar... te vamos a contar en dos líneas: en Cantabria reformar una cabaña exige permisos tanto del ayuntamiento como de la CROTU (el organismo que regula las construcciones y reformas en suelo rústico) y nosotros ya lo tenemos. Te ahorramos ese trámite tedioso  y lento, sobre todo lento, para poder enfrentar este tipo de reformas... ya está. Todo dicho, ¿Qué más quieres, buen acceso? Tenemos el camino recién hecho. ¿Quieres agua? Tenemos manantiales naturales y conexión a la traída municipal. ¿Ah, que quieres luz? La tenemos canalizada subterráneamente y solamente a falta de conectar. Vale, ya sé... estás preguntándote que dónde conseguir un buen albañil que sepa de cabañas.... pues lo tenemos (y ya te ahorramos los primeros 2 años de su lista de espera). ¿Y los permiso están pagados? ¡Claro! y el arquitecto y el aparejador... Y, ¿has visto el camino que le hicimos? Nadie podrá decir que no es buen acceso... 

Vale, que lo que te importa es la zona... pues copia y pega esta dirección para que la ubiques en el mapa: https://maps.app.goo.gl/tjmGMxW1kuesyASo8 Dime ahora si no es una zona preciosa... en el barrio de Bustiyerro, El Rosario, San Pedro del Romeral... si es que suena a fin del mundo... y eso es lo que buscas.

Llama y te contamos todo. Te enviamos vídeo y quedamos para verla.., lo que necesites. 

 

De conformidad con lo dispuesto en el art 20.1 del TRLDCU, el precio del inmueble se incrementará en los siguientes importes:

IMPUESTOS A CARGO DEL COMPRADOR: En el caso del Impuestos de Transmisiones Patrimoniales (ITP) se calcula sobre el mayor de los valores entre el precio de venta y el valor de referencia catastral, oscilando entre el 3% y el 9% en función de las condiciones del comprador, todo ello de acuerdo con el Real Decreto Legislativo 1/1993, de 24 de septiembre, por el que se aprueba el Texto refundido la Ley del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados. En el caso de Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) al tipo vigente del 10% (Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido). 

NOTARÍA Y REGISTRO: Son gastos sometidos a arancel, si bien su coste estimado puede oscilar para la notaría en un precio de 1.000EUR y en el caso del registro en un precio de 500EUR (Real Decreto 1426/1989, de 17 de noviembre, por el que se aprueba el Arancel de los Notarios y Real Decreto 1427/1989, de 17 de noviembre, por el que se aprueba el Arancel de los Registradores de la Propiedad respectivamente).

EN EL CASO DE PRECISAR FINANCIACIÓN BANCARIA: El importe de los gastos adicionales deberán ser consensuados con la entidad financiera.

Para el cálculo del precio final pueden contactar con nosotros, para realizar una atención personalizada en función de las circunstancias personales del comprador.

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