Características
- Vistas destacadas: no
- Vistas al mar: no
- Aire acondicionado: no
- Agua caliente: Gas
- Calefacción: Gas
- Cocina: Independiente
- Gastos comunidad: 0 €/Mes
- Orientación: Este::Oeste
- Estado: Disponible
- Consumo energético:
Detalles
Le puedes dar la vuelta entero o empezar a vivir ya mismo porque está sencillo pero muy digno. Poco más podemos decirte de este piso con 3 habitaciones (2 de ellas muy grandes), una cocina grande (vividora diría mi madre) con una terraza que está incluida a la vivienda, todas las ventanas de doble cristal y calefacción de gas natural. El baño, como ves en las fotos, tiene sus años pero está en perfecto uso. Y lo de la pintura pues sí, es gotelé, que ya no se lleva pero no es lo más importante, verdad? En cuanto a los suelos son de los de antes, de madera de esa de verdad, que lo puedes acuchillar y barnizar y quedaría impresionante o dejarlo como está porque está vivido pero no machacado.
Cierto es que el piso mira a un patio interior pero tan grande y visto desde tanta altura (estamos en un 7º) que el sol de la mañana entra hasta la mitad del pasillo.
Ahora tienes que venirte a verlo. Nos llamas, nos hablas de lo que buscas, analizamos si encaja en vuestra necesidad y quedamos.
De conformidad con lo dispuesto en el art 20.1 del TRLDCU, el precio del inmueble se incrementará en los siguientes importes:
IMPUESTOS A CARGO DEL COMPRADOR: En el caso del Impuestos de Transmisiones Patrimoniales (ITP) se calcula sobre el mayor de los valores entre el precio de venta y el valor de referencia catastral, oscilando entre el 3% y el 9% en función de las condiciones del comprador, todo ello de acuerdo con el Real Decreto Legislativo 1/1993, de 24 de septiembre, por el que se aprueba el Texto refundido la Ley del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados. En el caso de Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) al tipo vigente del 10% (Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido).
NOTARÍA Y REGISTRO: Son gastos sometidos a arancel, si bien su coste estimado puede oscilar para la notaría en un precio de 1.000EUR y en el caso del registro en un precio de 500EUR (Real Decreto 1426/1989, de 17 de noviembre, por el que se aprueba el Arancel de los Notarios y Real Decreto 1427/1989, de 17 de noviembre, por el que se aprueba el Arancel de los Registradores de la Propiedad respectivamente).
EN EL CASO DE PRECISAR FINANCIACIÓN BANCARIA: El importe de los gastos adicionales deberán ser consensuados con la entidad financiera.


























